CDC demanda a telefónicas en Defensoría del Consumidor

Desde abril, entro en vigencia el Decreto Legislativo No. 295,que establece que el costo mensual del cargo de acceso en telefonía fija es $6.94.

Tal parece que a las empresas telefónicas "les vale" lo decretado por los diputados y diputadas de la Asamblea Legislativa, ya que siguen cobrando una tarifa no vigente en el cargo de acceso en la telefonía fija residencial.

El Centro para la Defensa del Consumidor -CDC-, pudo comprobar este cobro ilegal a partir de una serie de denuncias interpuestas en esta organización social por usuarios y usuarias de este servicio.

El pasado 22 de abril, del corriente año, entro en vigencia el Decreto Legislativo No. 295, en el cual se establece que el costo mensual del cargo de acceso será de $6.14 ($6.94 con IVA), anteriormente se cancelaba $ 9.42 con IVA.

Esta minúscula reducción en la tarifa fue producto de una acalorada discusión en el parlamento y, en la cual, la empresa CLARO, con participación mayoritaria en el mercado de telefonía fija, salió avante al lograr que la tarifa propuesta no fuera sustancialmente menor con lo que los consumidores y consumidoras hubiesen sido mejor beneficiados.

Pero ni siquiera estos $2.48 quieren ser devueltos a los consumidores por parte de las empresas telefónicas Claro y Tigo, ya que ambas siguen cobrando, y en algunos casos hasta de manera engañosa, la tarifa anterior.

Por este motivo, el Centro para la Defensa del Consumidor (CDC) denunció a ambas empresas telefónicas, ante la Defensoría del Consumidor por no aplicar la reducción en el cargo de acceso en telefonía fija residencial, de acuerdo a las reformas a la Ley de Telecomunicaciones.

De conformidad a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Legislativo, que contiene reformas y disposiciones transitorias a la Ley de Telecomunicaciones, las empresas han realizado cobros indebidos al no aplicar la reducción en la tarifa por el acceso al servicio.

El CDC recibió, durante los meses de mayo y junio, diversas denuncias de personas consumidoras denunciando que, a pesar de la reducción, algunas empresas que ofrecen este tipo de servicios continuaban cobrando la tarifa anterior.

Las personas afectadas son usuarios y usuarias que han contratado los servicios de telefonía fija residencial junto con el internet, bajo la figura promocional de “Casa Claro Doble”.

El CDC también plantea que existe una violación del derecho de información y el de las personas usuarias de los servicios de telefonía fija, internet y cable, ofertado bajo la figura de “Claro TV Triple Play”, al no detallar el destino de los pagos efectuados por el consumidor en la factura respectiva por los servicios brindados.

La otra empresa denunciada por el CDC es Tigo, en este caso el cobro cargo de acceso de telefonía fija también se hizo con base en la tarifa anterior de $6.94.

Las telefónicas al no cumplir con lo dispuesto por el Decreto Legislativo han violentado los Artículos 29 y 32 de Ley de Telecomunicaciones, que se refieren al contrato, información de tarifas y cobros indebidos de los servicios y el Artículo 4 Lit. a), c), g) y j) de Ley de Protección al Consumidor, relacionados con recibir del proveedor la información completa, precisa, veraz, y a ser protegidos de practicas abusivas y de la inclusión de clausulas abusivas en los contratos, entre otros.

Ante esta situación, el CDC solicita:

  • Que la Defensoría del Consumidor realice una auditoría de la facturación de los meses posteriores a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo No. 295 de marzo de 2010, a los usuarios de los servicios de telefonía fija, internet y cable brindados por la Compañía de Telecomunicaciones de El Salvador, S.A. de C.V., conocida como CLARO y de telefonía fija de la compañía Telemóvil El Salvador, S.A.
  • En el caso de la empresa Claro, identificar violaciones a las condiciones contractuales, al realizar el cambio de los conceptos facturados por los servicios de línea fija, Turbonett y cable; así como el cobro superior al máximo establecido en concepto de cargo de acceso del servicio de telefonía fija estos usuarios.
  • De comprobar la realización de cobros superiores al máximo legalmente establecido y la comisión de otras violaciones denunciadas, se ordene la devolución de lo cobrado de manera indebida a todos los usuarios y usuarias afectadas y se impongan las sanciones que correspondan de conformidad a la Ley de Telecomunicaciones y Ley de Protección al Consumidor.

 

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Comunicado de prensa: CDC demanda a empresas telefónicas CLARO y TIGO en Defensoría del Consumidor.