CDC pide no privatizar energía geotérmica

Se propone a la Asamblea Legislativa reformar Ley de Electricidad y Ley de Creación de CEL.

El Centro para la Defensa del Consumidor (CDC) pidió hoy, en la Asamblea Legislativa, reformas la Ley General de Electricidad y Ley de Creación de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL).

El CDC presentó dos piezas de correspondencia, en las cuales se les exige a las y los diputados del Órgano Legislativo, realizar las reformas a las leyes mencionadas.

El objetivo de la reforma a la Ley General de Electricidad consiste en establecer garantías que eviten la privatización de la generación de energía eléctrica con base en recursos geotérmicos.

Para el CDC es preocupante el peligro que existe de que el Estado salvadoreño pierda su condición de accionista mayoritario en la empresa de economía mixta LaGeo S.A de C.V, actual concesionaria de la explotación geotérmica en el país.

Este riesgo es provocado por la implementación de un acuerdo suscrito entre CEL y la empresa Italiana ENEL, socio estratégico de LaGeo, desde el 2002.

La Constitución, en el Art. 17, dice en su inciso segundo que: "Se declara de interés social la protección, conservación, aprovechamiento racional, restauración o sustitución de los recursos naturales en los términos que establezca la Ley".

Por lo tanto el CDC, pide que se reforme los artículos 8 y 12 de la Ley General de Electricidad, a fin de establecer claramente la participación mayoritaria del Estado Salvadoreño y garantizar de esta manera que el recurso de la generación de la energía geotérmica continúe siendo patrimonio nacional.

En otro aspecto, la institución también solicitó reformas a la Ley de Creación de CEL, debido a las reiteradas oportunidades que ha sido criticada por la falta de transparencia en la que realiza algunas de sus operaciones.

Para el CDC, la empresa estatal desempeña un rol fundamental en el manejo, gestión y utilización de recursos estratégicos del país, por tanto, debe de contar con un gestión confiable.

En este punto, se solicita se reforme el Art. 7. que se refiere a que las funciones de quien ejerza la presidencia.